Legislación Venezolana de Protección del Ambiente

Legislación Venezolana de Protección del Ambiente

Resultado de imagen para Legislación Venezolana de Protección del AmbienteLa política ambiental venezolana se encuentra sustentada en nuestra Constitución, en los acuerdos internacionales suscritos y bajo una extensa y completa legislación ambiental. Aunque la República Bolivariana de Venezuela ha sido tradicionalmente un país defensor de las causas ambientalistas, la puesta en vigencia de la carta magna de 1999 representó un cambio importante en materia ambiental, ya que puso de manifiesto que el Desarrollo Sustentable es el camino que el país debe tomar en sus planes de desarrollo. De esta forma, el país da cumplimiento a los principios de desarrollo sostenible descritos en la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo en 1992 (Agenda 21), reconociendo que la superación de la pobreza y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, no son posibles si no se garantiza la protección del ambiente.
En la Constitución de 1999, por primera vez en la historia constitucional del país, se dedica un Capítulo (IX) exclusivamente a los Derechos Ambientales (artículos 127, 128, y 129). En este capítulo se expresa la obligación del Estado, con la activa participación de la sociedad, de garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono y las especies vivas sean especialmente protegidos.
En este contexto, la variable ambiental forma parte de los procesos de planificación y gestión del desarrollo del país. Esto puede ser corroborado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, cuyos objetivos, estrategias, políticas y proyectos buscan alcanzar la justicia social, el desarrollo económico de la nación y la protección de la naturaleza. Bajo este marco de actuación, el Estado venezolano también ha previsto su adecuación hacia el cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos, en especial a la Agenda 21 y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), como principales plataformas de acción para alcanzar un desarrollo ambientalmente sostenible.

Resultado de imagen para Legislación Venezolana de Protección del AmbienteLeyes y decretos ambientales

Nuestro país cuenta con una amplia legislación ambiental que cubre desde la gestión forestal y conservación de ecosistemas hasta manejo de sustancias tóxicas, entre otros. En total se cuenta con un cuerpo de más de 37 leyes (orgánicas y ordinarias) y 32 decretos ambientales que, de acuerdo a nuestra Constitución y en armonía con acuerdos internacionales, garantizan el compromiso nacional con la protección del ambiente.

Características de las Leyes que rigen el Impacto Ambiental en Venezuela

Sus principales características son:

  • Mantiene precaución ante cualquier tipo de acto que pueda afectar el medio ambiente, manteniendo medidas preventivas.
  • La responsabilidad entre el estado, la sociedad y las personas en conservar el ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
  • Promueve la participación ciudadana, ya que esta es un derecho y un deber de todos.
  • Educa y crea conciencia sobre el ambiente.
  • Responsabiliza a cualquier persona que cause un daño o incumpla las leyes Orgánicas del Ambiente.
  • Evalúa los daños pasibles ante el estado.
  • Penaliza cualquier daño al ambiente.

Ley Penal del Ambiente

con fundamento en el artículo 130 de la Ley Orgánica del Ambiente, fue promulgada la Ley Penal del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.913, de fecha 2 de mayo de 2012, que deroga la del año 1992, cuyo objeto es tipificar como delitos, los hechos atentatorios contra los recursos naturales y el ambiente, imponer las sanciones penales y demás medidas precautelativas, y las disposiciones de carácter procesal derivadas de la especificidad de los asuntos ambientales.
La misma entró en vigencia el 01 de agosto de 2012. Entre sus innovaciones se encuentran: la responsabilidad penal objetiva, la disolución de la persona jurídica y el desmantelamiento de la instalación, establecimiento o construcción como nuevas sanciones penales principales, la responsabilidad solidaria de las personas jurídicas, la ejecución de servicios ambientales a favor de la comunidad afectada, así como la asistencia obligatoria a cursos, talleres o clases de educación y gestión ambiental como una de las sanciones accesorias, la prescripción de experticias por el lapso de 10 años siguientes a la sentencia definitiva, a fin de determinar la efectiva eliminación de los riesgos ambientales cuando se sospeche su aparición futura o no sea posible su eliminación inmediata, la determinación de que las normas complementarias sean sólo leyes o decretos, el régimen aplicable a los pueblos y comunidades indígenas, el impulso de la formalización de la jurisdicción penal ambiental creada en la Ley Orgánica del Ambiente.

Sanciones

sanciones principales y accesorias, destacando como principales: la prisión, el arresto, la disolución de la persona jurídica, la multa, el desmantelamiento de la instalación, establecimiento o construcción y, como accesorias:
    Resultado de imagen para ley penal del ambiente analisis
  • La clausura definitiva de la instalación o establecimiento.
  • La clausura temporal de la instalación o establecimiento hasta por un año.
  • La prohibición definitiva de la actividad contaminante o degradante del ambiente.
  • La reordenación de los sitios alterados.
  • La suspensión de las actividades de la persona jurídica hasta por seis meses.
  • La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos
  • La publicación especial de la sentencia, a expensas del condenado o condenada, 
  • La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos fabricados, importados u ofrecidos en venta, en contravención a las normas nacionales sobre la materia y capaces de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas.
  • La suspensión del ejercicio de cargos directivos y de representación en personas jurídicas
  • La prohibición hasta por dos años, de contratar con órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, y recibir beneficios fiscales.
  • La ejecución de servicios ambientales a la comunidad afectada,
  • La asistencia obligatoria a cursos, talleres o clases de educación y gestión ambiental.

Relación de la Ley Penal del Ambiente con el Impacto Ambiental

La Ley Penal del Ambiente cumple un papel importante en la protección del ambiente, ya que este es el que mantiene el cumplimiento de todas las leyes de que se encuentran relacionadas con la preservación del medio ambiente. Asegura que el infractor cumpla una penalización y se responsabilice por el daño ocasionado.

Normas ABRAE


El impacto de las actividades económicas ejercidas por el ser humano en el ambiente no es nada alentador para el mantenimiento de la vida en el planeta. Por esa razón, se ha considerado necesaria la conservación de ciertas áreas en el globo.


Resultado de imagen para Normas ABRAEPara contribuir a la solución de este problema ambiental, el Estado venezolano ha establecido, mediante la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio, la delimitación de unas áreas denominadas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE). Las ABRAE poseen una serie de características y potencialidades ecológicas importantes y han sido decretadas por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo funciones productoras, protectoras y recreativas. Los decretos presidenciales sobre las ABRAE los aprueba el Consejo de Ministros, y en ellos se especifican los linderos del área protegida y los organismos que se responsabilizarán de su administración.
Así mismo, mediante reglamentos especiales se determinan las actividades que pueden ser realizadas en las áreas protegidas.
La necesidad de las áreas naturales, de gran belleza escénica y valor ecológico incalculable, ha motivado al hombre a proteger los recursos naturales existentes. Mediante la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, promulgada en 1983, en Venezuela se establecen la Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (A.B.R.A.E.), donde se incluyen a todas aquellas áreas que de acuerdo a las características y potenciales ecológicas que poseen, han sido decretadas por el ejecutivo nacional para cumplir funciones productoras, protectoras y recreativas

Clasificación de las ABRAE según LOPOT

  • Parques Nacionales
  • Zonas de interés turístico
  • Monumentos naturales
  • Santuarios de fauna silvestre
  • Zonas protectoras
  • Refugios de fauna silvestre
  • Reservas forestales
  • Reservas de fauna silvestre
  • Áreas especiales de seguridad y defensa

Resultado de imagen para Normas ABRAE

Áreas bajo régimen de administración especial

Las ABRAE son espacios ordenados para la conservación de la naturaleza y el aprovechamiento sostenido de los recursos naturales renovables y representan el instrumento más importante de la política ambiental del país. 
En su conjunto, las ABRAE constituyen el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, dentro del cual se ubica el subsistema de Parques Nacionales y Monumentos Naturales. Comprende además una serie de categorías de áreas protegidas que contribuyen en la conservación de la biodiversidad de manera directa o indirecta. 

Las áreas bajo régimen especial son:



  • Parques Nacionales.
  • Zonas Protectoras.
  • Reservas Forestales.
  • Áreas especiales de seguridad y defensa.
  • Reservas de faunas silvestres.
  • Refugios de fauna silvestres.
  • Santuarios de faunas silvestres.
  • Monumentos naturales.
  • Zonas de interés turístico
  • Áreas sometidas a un régimen de administración especial, consagradas en los Tratados Internacionales.

Importancia del ABRAE

  • Ecológica: ayudan a mantener el equilibrio de los ecosistemas y de la biósfera en general.
  • Económica: permiten extender el aprovechamiento de los recursos en el tiempo.



Comentarios

Entradas más populares de este blog

Arquitectura Moderna Venezolana

Declaraciones y Legislación Internacional